VAN CONTRA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO DE FRANCISCO GARDUÑO

En tres días el Tribunal Colegiado de Circuito deberá resolver la apelación en contra de la suspensión condicional del proceso de Francisco Garduño Yáñez, comisionado nacional de Migración, informó la parte que recurrió la resolución del 24 de enero, la asesoría de víctimas de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho.

En la apelación se alegó la contravención de suspensiones provisionales en amparos a favor de las víctimas; la falta de negociación con las víctimas para la reparación del daño que permitió la suspensión condicional del proceso; una convalidación incorrecta de las pruebas presentadas por la defensa al juez de control Víctor Manlio Hernández Calderón para solicitar la suspensión, y la falta de inhabilitación del cargo público del comisionado.

Ayer tuvo lugar una audiencia de aclaración de alegatos, en la que estuvo presente el comisionado acompañado físicamente por dos de sus abogados particulares, Rodolfo Pérez Velázquez y Manuel Ochoa García. También estuvieron en la sala 2 del Centro de Justicia Penal Federal dos abogados de la Fundación.

Las demás partes (Fiscalía General de la República, Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, dos defensores de Garduño, y los magistrados Gabriel Alejandro Castillo Sabanero, Emiliano López Pedraza y Octavio Pineda Toribio), estuvieron presentes vía remota, por videoconferencia.

De acuerdo con Marcos Zavala, de la Fundación, que representa a ocho víctimas de lesiones y nueve núcleos familiares de víctimas fallecidas, la suspensión condicional del 24 de enero de 2025 no se ajustaba a los parámetros de lo establecido por la ley, pues contravenía amparos promovidos por ellos, por afectaciones a los derechos de las víctimas.

En otro de los agravios se argumentó que la misma Comisión de Víctimas negó un estudio sobre la reparación del daño a las víctimas para la causa penal, en vista de que “no estaban en la etapa procesal indicada” para ello, por lo que se cuestionó que avanzara dicha suspensión condicional.

Por otra parte, se argumentó que la indemnización que se dio a las víctimas como parte también de las condiciones para la suspensión del comisionado en la causa penal correspondía en realidad al pago por la violación grave de derechos humanos detectada por la Comisión Nacional en la materia en el mismo año del hecho, 2023.

Sin embargo, el pago de la reparación debe ser por parte del mismo Garduño en una causa penal, y el Estado mexicano sólo le puede aportar una parte en caso de que exista una sentencia firme por delitos cometidos por servidores públicos, de acuerdo con disposiciones del Código Penal Federal, se argumentó.

Pese a las respuestas a dichos argumentos por parte de la defensa del comisionado, el magistrado presidente del colegio, Castillo Sabanero, señaló repetidamente que no se trataba de una audiencia de debates, sino únicamente de aclaración de alegatos. Por la misma razón no se declaró el cierre de un debate ni un plazo para la determinación de la apelación.

Zavala fue quien dio a conocer el plazo de tres días hábiles para la resolución por parte del Tribunal de Segunda Instancia. El fallo será informado a través de redes sociales por la organización en que labora, dijo.

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