septiembre 13, 2026

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VINCULAN A JUEZ EN CHIHUAHUA Y LE ORDENAN RENUNCIAR EN 5 DIAS

Chihuahua.- El juez Manuel J. T. fue vinculado a proceso y quedó sujeto a una suspensión condicional por 12 meses, como parte de la salida alterna concedida por la autoridad judicial tras la audiencia inicial en la que la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Chihuahua (FACh) lo acusó de prevaricación con penalidad agravada.

De acuerdo con la resolución emitida por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) entre las condiciones impuestas al juzgador se encuentra renunciar a su cargo como servidor público y desistirse de todos los recursos y juicios de amparo derivados del caso, para lo cual contará con un plazo máximo de cinco días hábiles.

La resolución también establece que deberá residir en un domicilio determinado, evitar acercarse o frecuentar a las personas afectadas, mantener un trabajo lícito y presentarse mensualmente ante el Instituto de Servicios Previos al Juicio, con la posibilidad de hacerlo en la sede correspondiente al distrito judicial de su residencia.

La supervisión del cumplimiento de estas condiciones estará a cargo de la autoridad supervisora del Instituto de Servicios Previos al Juicio durante el periodo de 12 meses.

La FACH informó que la defensa solicitó la suspensión condicional del proceso después de que se dictó el auto de vinculación y sostuvo que el juez «reconoció los hechos que le fueron imputados», aceptó la vinculación y manifestó su decisión de renunciar al cargo que desempeñaba como juez de Primera Instancia Penal del Distrito Judicial Hidalgo.

La Fiscalía señaló que la audiencia se prolongó por más de siete horas y que el Ministerio Público presentó los elementos de convicción recabados durante la investigación. Según la dependencia, la autoridad judicial determinó que éstos permitían establecer la posibilidad de la comisión de un delito y resolvió vincular al imputado a proceso.

La suspensión condicional constituye una salida alterna contemplada por la legislación penal y no equivale a una sentencia condenatoria. El proceso queda sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas por la autoridad judicial durante el plazo fijado.

El caso deriva de una resolución dictada el 23 de diciembre de 2025, mediante la cual, según la acusación de la FACH, Manuel J. T. modificó una medida cautelar sin que hubieran cambiado las circunstancias que habían justificado la prisión preventiva.